Especiales e-revistas  
Tecnociencia
Octubre 2004
 Revistas científicas electrónicas
 
 6 Derechos de autor
 6 Derechos de autor : Principales sujetos intervinientes en la campo de las revistas electrónicas y derechos de autor

El campo de los derechos de autor en el Ámbito de las publicaciones electrónicas de carácter científico no es asimilable a otros sectores como el audiovisual o el literario. Mientras que en estos ámbitos tanto el autor como el editor o productor suelen estar unidos para lograr la mayor difusión del trabajo y su principal problema es el reparto de beneficios y la lucha contra el usuario "pirata", en la edición científica el autor lo que pretende es la publicación de su articulo - en la mayoría de los casos cediendo todos sus derechos de manera gratuita al editor- y la mayor difusión posible de su trabajo- aún de forma ilegal- , por motivos de reconocimiento intelectual, moral, laboral, etc.

Otra singularidad en este campo es que la mayor parte de la producción científica esta financiada con dinero publico - universidades, hospitales, centros de investigación, etc- y es consumida también en su mayoría por los usuarios en centros públicos - en las bibliotecas u otras formas de distribución de la información de los organismos anteriores-, y el que es una materia no de ocio o entretenimiento, sino de fuerte interés social, por su carácter científico y cultural.

- Autores:

Como ya se ha dicho el problema de los autores no suele ser el de la salvaguardia de sus derechos económicos , puesto que en la mayoría de los casos tienen que cederlos de manera gratuita para la difusión de sus investigaciones - o porque así lo estipula su contrato laboral- sino el respeto de los derechos morales - principalmente el reconocimiento de su autoría y el respeto a la integridad de la obra, evitando alteraciones, traducciones o falsificaciones de su obra- y el de la cesión en masa de todos sus derechos, entre ellos la cesión en exclusiva al editor del derecho de reproducción o de copia de su trabajo, que le imposibilita el difundirlo por sí mismo a través de su Web o la de su departamento.

- Editores:

El editor es el que soporta el coste de la publicación, el que contrata la cesión de los derechos con los autores y el que gestiona los derechos de propiedad intelectual derivados de los contenidos de la publicación electrónica. de la que es propietario. Puede ser un editor privado o puede ser alguno de los organismos públicos antes citados los que editen sus propios materiales.

La principal preocupación del editor es la gestión de las licencias de uso y garantizar que los contenidos no van a ser utilizados por terceras parte no suscriptoras, sino es mediante el pago de determinada cantidad, para proteger sus intereses económicos.

- Usuario:

El usuario de estas revistas electrónicas accede a ellas de forma diferente según sean estas de acceso libre y gratuito (con o sin registro previo) o mediante suscripción de pago. En este caso, el usuario, como norma general accederá a los contenidos a través de los servicios de la biblioteca o institución científica o cultural suscriptora de la publicación. Las licencias de uso que firman los editores y estos centros suele distinguir entre:

Miembros de la institución: miembros del personal empleados o vinculados a la institución de otra forma y los estudiantes de la institución, que están autorizados a acceder a la red interna y que deben usar una palabra clave u otro tipo de autenticación.

Usuarios walk-in inscritos: miembros del público que están inscritos como usuarios de los servicios de la biblioteca y que pueden tener acceso a la red interna a través de estaciones de trabajo situadas en los locales de la biblioteca y a los que se ha asignado una contraseña u otra forma de autenticación.

Usuarios walk-in no inscritos: miembros del público que no están inscritos como usuarios de los servicios de la biblioteca y que pueden tener acceso a la red interna a través de estaciones de trabajo situadas en los locales de la biblioteca con determinadas finalidades bien definidas en la licencia.

Usuarios inscritos que tienen acceso a distancia: una empresa o personas del publico, inscritas como usuarios autorizados de los servicios de la biblioteca y que pueden tener acceso a la red interna a partir de una localización diferente a los locales de la biblioteca.

Lugar: los locales de la biblioteca y de otros lugares similares donde los miembros trabajan y estudian, incluyendo, sin limitación, los lugares de residencia y de alojamiento y los domicilios de los miembros.

Y los derechos que se suelen otorgar en las licencias suplen ser:

  • acceder al servidor del editor
  • almacenar localmente los materiales objeto de licencia
  • integrar los materiales objeto de licencia en las infraestructuras del sistema local y en los servicios de información
  • indizar los documentos objeto de licencia
  • ofrecer a los miembros de la institución acceder a los materiales objeto de la licencia para sus investigaciones, para la docencia o para uso privado (estudio), en el lugar autorizado
  • permitir a los usuarios inscritos walk-in acceder a los documentos y autorizar su copia para sus investigaciones, para la enseñanza y para uso privado (estudio)
  • autorizar la impresión o la descarga de artículos sueltos para la investigación, docencia y uso privados (estudio)
  • dar acceso a los usuarios inscritos walk-in y permitirles la realización de copias para la investigación
  • permitir la reproducción del material para incluirlo en dossiers (tanto en papel como en formato digital)

Y las restricciones más frecuentes son:

  • la reproducción masiva y sistemática
  • la redistribución, la reventa, el préstamo o la licencia
  • cualquier suministro o distribución sistemática a alguien que no pertenezca a la institución

La garantía crucial para las bibliotecas es aquella que declara que el editor es el titular de los derechos de propiedad intelectual de los materiales objeto de licencia y que puede conceder la licencia. Si una licencia no contiene tal cláusula de garantía o contiene una cláusula de garantía ambigua, la biblioteca puede encontrarse en una situación que la obligue a pagar dos veces: una al editor y otra a la persona que se declare titular de los derechos de propiedad intelectual en lugar del editor, que puede ser o no el editor.

Y entre las obligaciones que asumen las bibliotecas se encuentra el comprometerse a que sus usuarios o ella misma no atenten contra los derechos de autor u otro derecho de propiedad, como por ejemplo, modificando, adaptando, transformando, traduciendo o creando obras derivadas de los documentos objeto de licencia o de parte de ellos.

 
       
     

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